Detención de inmigrantes como medida excepcional de último recurso
Desde la adopción de la Declaración Universal de Derechos Humanos en 1948, el derecho a la libertad personal ha sido recogido en diversos tratados internacionales. Este derecho es uno de los principales marcos para abordar la detención arbitraria de personas en movimiento.
Como parte de la gestión de la migración, los gobiernos de todo el mundo llevan a cabo diversas acciones como parte de la política estatal, una de las cuales es la detención.
IDC ha documentado los diversos efectos perjudiciales de la detención de inmigrantes, como la criminalización de los inmigrantes (incluidos los que necesitan protección internacional), los efectos psicosociales en las personas y sus comunidades, las violaciones de los derechos humanos, así como los elevados costes para los gobiernos.
"La migración irregular no es una elección de la gente, sino una consecuencia de las políticas y acciones del Estado".
Por lo tanto, las normas internacionales apoyan la eliminación de la detención de inmigrantes, y una de las estrategias para lograrlo es limitar su aplicación sólo como medida excepcional de último recurso. Este principio ha sido asumido en varios países y está consagrado en sus marcos jurídicos; sin embargo, existen varios retos en su aplicación.
¿Cómo aplicar el principio de último recurso para la detención de inmigrantes?
Para conseguir que los Estados eliminen gradualmente y pongan fin por completo al uso de la detención de inmigrantes, hay algunas acciones clave de defensa que pueden emprender los actores legislativos, los funcionarios públicos o las propias organizaciones de la sociedad civil.
Varios instrumentos internacionales prohíben la detención de inmigrantes de diversos grupos, como niños y adolescentes, solicitantes de asilo o personas en situación de vulnerabilidad, como embarazadas, madres lactantes, ancianos, personas con discapacidad, personas LGBTQI o supervivientes de trata de seres humanos, tortura y otros delitos violentos graves.
En el Pacto Mundial para una Migración Segura, Ordenada y Regular, los Estados se han comprometido a dar prioridad a las alternativas no privativas de libertad acordes con el derecho internacional, y a adoptar un enfoque basado en los derechos humanos ante cualquier detención de migrantes, en el que la detención sólo se utilice como último recurso.
La excepcionalidad de la detención debe basarse en una evaluación individual y específica del contexto, en un análisis de todas las opciones, y la decisión de optar por la detención debe ser legal y demostrar un objetivo legítimo.
Basándose en las experiencias de sus miembros y socios, IDC se propuso recopilar prácticas prometedoras en la aplicación del principio de último recurso en todo el mundo, incluyendo ejemplos de legislación nacional y su posible efecto en el uso de la detención como medida de control de la inmigración.
Más información:
Le invitamos a leer nuestro documento informativo -La detención de inmigrantes como medida excepcional de último recurso- para conocer mejor las normas internacionales en las que se plantea el principio de último recurso, así como algunas prácticas prometedoras, con el fin de fomentar nuevos avances en esta cuestión.
Defensores mexicanos defienden los derechos de los migrantes detenidos
IDC se unió a más de 200 organizaciones para pedir que se revoque la decisión del gobierno mexicano de negar a las organizaciones de la sociedad civil el acceso a los centros de detención de inmigrantes de todo el país. La nueva decisión política, comunicada en una notificación pública del gobierno a finales de enero, se produjo poco después de que se diera publicidad a la misma. informes de los defensores de los inmigrantes sobre repetidas dificultades en el ingreso a los centros de detención más poblados en la frontera sur del país y en la Ciudad de México, y una carta abierta de Amnistía Internacional instando a que el Instituto Nacional de Migración (INM) garantizar el acceso de las organizaciones de la sociedad civil a los inmigrantes y refugiados detenidos.
Esta cuestión se ha vuelto más apremiante en las últimas semanas en el contexto del uso militarizado de la fuerza por parte de la Guardia Nacional Mexicana en los puntos de entrada de la frontera sur y de la creciente preocupación por la expansión del uso de la detención de inmigrantes en la política reforzada de contención y control migratorio de México hacia los centroamericanos que esperan entrar y transitar por territorio mexicano en caravanas masivas. Para las personas que se desplazaron en la caravana este enero, todos los caminos conducían a la privación de libertad: tanto si expresaban su intención de solicitar asilo o un visado humanitario, como si aceptaban la oferta del gobierno de permanecer y trabajar en los estados del sur de México, eran llevados a detención.
La puesta en libertad en medio de políticas y procedimientos de deportación por la vía rápida, depende casi siempre y principalmente del acceso a asesoramiento jurídico, de conocer tus derechos y de tener a alguien en el exterior que abogue por ti. Actualmente no hay información pública disponible sobre cuántos de los detenidos han sido puestos en libertad o han podido continuar sus trámites de inmigración para obtener asilo o visados humanitarios o de visita en libertad.
El30 de enero, los defensores celebraron una conferencia de prensa en la que instaron al gobierno mexicano a reanudar las visitas programadas y a eliminar los nuevos obstáculos a los que se enfrentan las ONG que han solicitado permiso para entrar en los centros dedetención. El mensaje que enviaron es que no es aceptable violar ni un solo día los derechos de acceso a la información, acceso a la justicia y garantías procesales de los migrantes y refugiados sujetos a protección internacional. También instaron al gobierno a aceptar la petición de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de visitar los centros de detención de inmigrantes que actualmente retienen a miles de personas en la frontera sur de México.
Organizaciones de la sociedad civil celebraron una conferencia de prensa en la que instaron al gobierno mexicano a reanudar las visitas programadas y a eliminar los nuevos obstáculos a los que se enfrentan las ONG que han solicitado permiso para entrar en los centros de detención.
Las declaraciones a los medios de comunicación de los miembros del IDC Alejandra Macías Delgadillo, directora de Asylum Access México y Elba Coria Márquez, directora de la Clínica Jurídica para Refugiados de la Universidad Ibero, destacan la riesgos asociados a prohibir a las personas detenidas el acceso a la defensa jurídicaya sea en las solicitudes de asilo o para controlar las garantías procesales en los procedimientos de detención y deportación. Estos riesgos son aún mayores en ausencia de un registro adecuado, de una selección y entrevistas individualizadas, y de procedimientos eficaces para identificar las necesidades de protección en los actuales mecanismos de detención y deportación.
Entrevista a Elba Coria Márquez, Directora de la Clínica de Derecho de Refugiados de la Universidad Ibero, sobre la situación (español).
Finalmente, se alcanzaron varios acuerdos en una reunión sin precedentes celebrada con el comisionado del INM y la Comisión Nacional contra la Discriminación (CONAPRED), incluida la revocación de la política adoptada sólo unos días antes de suspender la vigilancia de la sociedad civil sobre la detención de inmigrantes.
La detención de inmigrantes en México se asemeja en muchos aspectos al modelo penitenciario y representa un gasto significativo de fondos públicos, como se señala en un análisis del sistema de detención de inmigrantes realizado en 2019 por AsiLegal, Fundar y Sin Fronteras. La violación sistemática de los derechos de las personas detenidas ha sido documentada en más de 15 años de informes de monitoreo de centros de detención de inmigrantes realizados por la sociedad civil mexicana. En este sentido, IDC apoya los esfuerzos para garantizar la vigilancia sistemática por parte de la sociedad civil de las condiciones de detención y el ejercicio del derecho a la información y a la defensa legal de los migrantes y refugiados detenidos.
A este respecto, IDC ha puesto a disposición un Manual de Seguimiento, elaborado conjuntamente con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y la Asociación para la Prevención de la Tortura (APT). Es una guía paso a paso para cualquier persona o institución que realice visitas de detención de inmigrantes. También puede utilizarse como lista de comprobación para las autoridades, el personal de los centros de detención y los periodistas sobre las normas que deben aplicarse cuando se detiene a solicitantes de asilo y migrantes.
IMPORTANTE: Convocatoria de aportaciones sobre la detención de inmigrantes
QUÉ: El Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares ha decidido elaborar la Observación General nº 5 sobre el Derecho de los Migrantes a la Libertad y a no ser Detenidos Arbitrariamente. Se trata de una oportunidad decisiva para hacer aportaciones y comentarios sobre cuestiones fundamentales de derechos humanos. El Comité invita a todas las partes interesadas a realizar aportaciones a esta iniciativa a través de un cuestionario antes del 1 de abril de 2019. La nota conceptual y el cuestionario están disponibles en inglés y español
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CÓMO: Envía las respuestas electrónicamente en formato Word a [email protected] con el asunto «Submission for General Comment on Migrants’ Right to Liberty». Los envíos no deben exceder de 10 páginas. Los escritos no se traducirán y se presentarán preferiblemente en inglés, aunque también se aceptarán escritos en francés y español. Todas las presentaciones se publicarán en la página web del Comité, a menos que se indique explícitamente lo contrario.
Cualquier pregunta debe dirigirse al Secretario de la Comisión, Sr. Luc Mubiala, en [email protected].
Si quieres informarte sobre cómo ponerte en contacto con otras organizaciones de tu región que también trabajan en respuestas, ponte en contacto con las siguientes oficinas regionales del IDC:
América [email protected]
Europa europe@idcoa lition.org
África [email protected]
Oriente Medio y Norte de África [email protected]
Asia Pacífico [email protected]
¿Puede la detención disuadir de futuras migraciones?
abril 2015 - El IDC presentó un documento informativo (documento informativo) que recopila los hallazgos de varios estudios internacionales sobre la eficacia de políticas de control fronterizo - y particularmente del uso de la privación de la libertad - con el fin de disuadir a personas de emigrar de manera irregular.
El documento informativo a establece que además de ser inútil para reducir la migración irregular, la detención por motivos migratorios debilita otros objetivos de gestión migratoria, como la resolución de casos, la integración de personas que se regularizan, y la remoción del país.
Puntos clave:
- El endurecimiento de la frontera, la detención y mayores restricciones de control migratorio no reducen el número de personas migrantes irregulares, sino que aumentan el riesgo que asumen las personas para migrar.
- Las políticas de recepción de personas migrantes en países de destino tienen muy poco hasta ningún efecto en el número de personas que llegan a sus fronteras.
- Además, es menos probable que las personas migrantes continúen su camino de un país de tránsito si: 1) Pueden satisfacer sus necesidades básicas; y 2) No están en riesgo de detención ni devolución, y mantienen esperanza sobre su futuro
El documento informativo destaca la necesidad de desarrollar políticas y destinar recursos para aumentar las opciones para emigrar de manera regular, así como mejorar las oportunidades de vida en los países de origen.
Leer el documento informativo (en inglés).