Escrito por Alejandra Macías Delgadillo, Directora Ejecutiva, Asylum Access México y Miembra del Comité Internacional de Asesoria de IDC

En México, además de la falta de claridad sobre el Programa de Salidas de Estaciones Migratorias (SEM) dirigido a las personas solicitantes de asilo, la falta de políticas públicas que garanticen sus derechos sigue siendo un desafío para que puedan concluir sus procedimientos de asilo ante la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR). 

Las autoridades migratorias siguen deteniendo con mayor frecuencia y de manera automática a las personas migrantes y solicitantes de asilo. Durante el año 2021 detuvieron a 307,679 personas y en el año 2020 detuvieron a 82,379 personas. Esto a pesar de que, debido al SARS-COVID-19, el 30 de marzo de 2020 el gobierno federal había declarado emergencia sanitaria a nivel nacional y las organizaciones de la sociedad civil ejercieron presión a través de diversas acciones legales y de incidencia para liberar a personas migrantes y solicitantes de asilo en situación de vulnerabilidad de las estaciones migratorias (centros de detención). Durante el año 2020, las detenciones por motivos migratorios se siguieron realizando y pocas personas tuvieron acceso al Programa SEM. Este Programa, que al inicio de su implementación se veía como un programa próspero y como una buena práctica, poco a poco se fue desvaneciendo y terminó con muchas restricciones para que las personas solicitantes de asilo en detención pudieran acceder él.

El Programa SEM consiste en un mecanismo tripartita entre el Instituto Nacional de Migración (INM), el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y la COMAR. Se empezó a implementar desde julio de 2016, con la finalidad de brindar una alternativa a la detención para las personas que solicitan la condición de refugiado dentro de una estación migratoria.

El SEM logró beneficiar a 18,064 personas durante el periodo entre enero de 2017 y octubre de 2020. Sin embargo, durante los meses de noviembre y diciembre de 2020, únicamente 145 personas pudieron acceder a esta medida. Esto debido a una instrucción mediante un oficio emitido por el Instituto Nacional de Migración (INM) a todas las autoridades de las estaciones migratorias. Dicha instrucción consiste básicamente en excluir del Programa a personas que hayan ingresado a territorio mexicano de manera irregular; o que estén viajando solas, es decir, sin familia, y de manera irregular; o personas menores de edad y que también entraron al país de manera irregular. Esto viola evidentemente la ley mexicana y los convenios internacionales que establecen el principio internacional de no sanción por ingreso irregular para las personas solicitantes de asilo.

Hallazgos de la investigación sobre alternativas a la detención para personas solicitantes de la condición de refugiado en México  

En 2020, Asylum Access México publicó un Informe de investigación sobre los retos y obstáculos que enfrentan las personas solicitantes de asilo para acceder al Programa SEM, así como para iniciar sus procedimientos de solicitud de la condición de refugiado al encontrarse en detención migratoria. De manera concreta, los resultados de ese Informe arrojan que la detención migratoria implica en sí un obstáculo para poder solicitar la condición de refugiado en México. Además de que las personas que solicitaron asilo en detención tuvieron que permanecer privadas de libertad alrededor de 40 días en promedio. Una persona en particular fue incluso detenida dos veces distintas, permaneciendo en detención poco más de 40 días en la primera ocasión, y posteriormente fue detenida en otra ciudad, donde permaneció detenida poco más de dos meses, aun cuando ya había salido anteriormente de la estación migratoria bajo el Programa SEM. 

Por otra parte, el Programa SEM carece de criterios claros y transparentes. Al no ser un programa institucionalizado o regulado, genera discrecionalidad en su implementación y prácticamente depende de los funcionarios públicos en turno para que se otorgue la salida, lo cual desincentiva el acceso efectivo al asilo. El hecho de no saber cómo opera este Programa les genera incertidumbre a las personas detenidas. Por ello, muchas optan por no solicitar asilo dentro de las estaciones migratorias, ya que la información que reciben es que serán obligadas a permanecer en detención por tiempos prolongados. En ese sentido, las personas prefieren aceptar su deportación a pesar de que su vida esté en riesgo al ser devueltas a su país del cual huyeron precisamente para salvaguardar su vida. 

Lo anterior refleja la urgencia de reformar las leyes en materia de refugiados y de migración en México, a fin de garantizar que la detención migratoria para personas que requieren protección internacional deje de ser una práctica automática y arbitraria y que sea utilizada solamente como un último recurso en casos excepcionales, cuando se cumpla estrictamente con los criterios de necesidad, proporcionalidad y razonabilidad de tal detención.