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Foto © CIDH, del album sobre la visita in loco a República Domincana

 

En su reciente Informe sobre la situación de derechos humanos en República Dominicana, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) manifiesta su preocupación respecto de la detención arbitraria de personas migrantes de origen haitiano o percibidas como tales. Se reporta que autoridades migratorias están utilizando perfiles raciales para identificar personas que ‘parecían haitianas’ y así, mediante redadas las detenían para luego deportarlas a Haití. Todo ello independientemente de la nacionalidad o estatus migratorio de la persona. Además, incluidas entre estas víctimas de detención arbitraria se encuentran niños, niñas y adolescentes (párr. 477), quienes nunca deben ser privados de su libertad por motivos migratorios, como establecen los estándares internacionales de derechos humanos.

“La Comisión manifiesta su profunda preocupación respecto a la manera en la que se impone la detención migratoria a los migrantes haitianos o percibidos como tales de manera discrecional y generalizada, sin límite de tiempo, sin la presentación ante un juez para determinar la legalidad de la detención, y en condiciones higiénicas y de salubridad deplorables.” – CIDH, párr. 649, Informe sobre la Situación de Derechos Humanos en la República Dominicana

Se informa que, una vez detenidas, las personas que no pueden pagar a las autoridades para negociar su libertad son llevadas a la frontera con Haití donde son expulsadas (párr. 607), muchas veces a pocas horas de su aprehensión. Estas detenciones y deportaciones ocurren sin la notificación o provisión de los derechos a la persona detenida, y en muchos casos sin una orden de deportación por escrito, lo cual viola el derecho de las personas al debido proceso (párr. 477).

Las personas que no son deportadas de manera inmediata son llevadas al centro de detención migratoria, muchas de ellas por tiempo indefinido. El centro de detención se ha reportado en deplorables condiciones de higiene y salubridad, incluyendo hacinamiento y la falta de alimentación y bebida; y donde el acceso a la justicia se encuentra altamente restringido, destacando la imposibilidad de acceder a la asistencia legal o consular, así como a impugnar la legalidad de la detención ante un juez (párr. 606).

Estas detenciones ocurren a pesar de que la legislación migratoria actual de República Dominicana establece que la detención solo será de último recurso y nunca será utilizada en los casos de niños, niñas y adolescentes, mujeres embarazada o lactantes, personas de la tercera edad y solicitantes de asilo (Reglamento 631-11 de la Ley General de Migración).

Dado lo anterior, la CIDH incluye dentro de sus recomendaciones:

  • Identificar y erradicar la utilización de perfiles raciales como mecanismo válido de denegación de documentos de identidad dominicanos, de detención migratoria o investigación de personas (párr. 396); y
  • Establecer por la vía legal las medidas alternativas a la detención migratoria; la aplicación de estas medidas debe funcionar como la regla (párr. 653).

 

 

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