CIDH emite medidas cautelares sobre condiciones de detención en el Centro de Detención Migratoria Charmichael, en Bahamas.

La decisión adoptada por la CIDH es paradigmática porque por primera vez la CIDH solicita a un Estado parte de la OEA la adopción de medidas cautelares en relación a las condiciones imperantes en un centro de detención migratoria.

En las medidas cautelares que se emiten para proteger y salvaguardar los derechos a la vida e integridad personal de todas las personas detenidas en el Centro de Charmichael Road, la CIDH no sólo analiza y visibiliza las condiciones materiales y humanas indignas que prevalecen en el Centro de detención y su impacto en los derechos de las personas; también destacan las observaciones de la CIDH en relación a:

  1. a) La obligación de los Estados de adoptar medidas alternativas a la detención, evitar la detención prolongada y a utilizar sólo excepcionalmente la detención.
  2. b) La situación de NNA que en ningún caso deben de ser detenidos por motivos migratorios.
  3. c) Las trabas que enfrentan las organizaciones civiles para ingresar a centros de detención migratoria y realizar actividades de monitoreo.

Finalmente, la CIDH también fija un precedente importante al solicitar que el Estado de las Bahamas implemente las medidas necesarias para garantizar:

  1. a) la asistencia legal de las personas detenidas,
  2. b) la atención especializada de niños, niñas y adolescentes no acompañados, de acuerdo a estándares internacionales y
  3. c) el acceso de organizaciones de la sociedad civil y organismos internacionales al Centro de detención a fin de realizar actividades de monitoreo.

Leer el comunicado de prensa de la CIDH